Reforma fiscal: Nuevo tipo reducido de retención al 15% para autónomos que ganen menos de 15.000€ anuales

Reforma fiscal: IRPF del 15% para autónomos que ganen menos de 15.000 euros al año

Según el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, publicado en el BOE, los contribuyentes con ingresos menores que realizan actividades profesionales pueden disponer de forma inmediata de una mayor liquidez ya que, se establece un nuevo tipo reducido de retención del 15% aplicable siempre y cuando en el ejercicio anterior los rendimientos íntegros derivados de estas actividades obtenidos por el contribuyente hubieran sido inferiores a 15.000 euros.

El Gobierno eleva el margen de renta desde los 12.000 euros anuales a los 15.000 euros anuales, de este modo más trabajadores autónomos se verán beneficiados por la medida, una de las primeras en ponerse en marcha en el marco de la reforma fiscal, que entrará en vigor al completo en enero de 2015.

Ahora subsistirán tres tipos de retención profesional: el tipo general del 21%, el reducido del 15% y el superreducido del 9% que aplican los profesionales durante los dos primeros años de actividad. La reforma introduce un tipo general de retenciones a aplicar del 19% que en principio, no será efectivo hasta el 1 de enero de 2015.

Según la normativa los profesionales deberán comunicar a sus clientes esta circunstancia. Si algún profesional le emite una factura con el 15% de retención o con el 9% hay que exigirle una carta firmada por él o ella en el que diga que está en los casos que marca el artículo 101 de la ley 35/2006 (para el 9%) o en el la Disposición adicional cuadragésima de la ley 35/2006 (para el caso del 15%). Esta comunicación debidamente firmada, deberá ser conservada por los pagadores.

Según la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), esto supondrá que en torno a 550.000 autónomos se beneficiarán del tipo de retención del 15%, lo que supondrá que un disponibilidad de aproximadamente 60 euros al mes, 360 euros hasta finales de año y 720 euros anuales.

Además, el Gobierno ha decidido anticipar la entrada en vigor de la exención en el IRPF y en el impuesto de plusvalías municipales de la ganancia patrimonial que se produzca debido a la dación en pago (entrega de la casa para el pago de la deuda hipotecaria).

 

Ver BOE Real Decreto-ley 8/2014

 

Actualmente, estamos realizando la actualización de las reglas contables internas de la aplicación Contarapid para aceptar y validar el 15% de IRPF en la contabilización automática de facturas con este nuevo tipo de retención.  En breve informaremos a nuestros clientes de la actualización correspondiente.

 

 Contarapid permite contabilizar automáticamente facturas con retenciones